Cooperación financiera

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Dentro de la cooperación al desarrollo podemos distinguir diferentes categorías, entre las que encontramos la de cooperación financiera. Podemos decir que la cooperación financiera es toda aquella que, con objetivos de desarrollo, se realiza a partir de una transferencia de recursos financieros o inversiones desde el país donante al país receptor de los fondos, sea de forma directa o a través de otros organismos, de manera reembolsable o no reembolsable. El resto de mecanismos de cooperación, esto es, la cooperación técnica, la ayuda alimentaria, la acción humanitaria y la educación para el desarrollo, serían así considerados como ayuda no financiera.

En España, la Ley 23/1998 de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en su artículo 11, define la cooperación económica y financiera como: «Las aportaciones destinadas a proyectos de inversión para el aumento del capital físico de los países beneficiarios y a proyectos de ayuda a los sectores económicos […]; las contribuciones oficiales a organismos internacionales de carácter económico y financiero, acuerdos financieros de alivio o condonación de deuda suscritos por vía bilateral o multilateral, donaciones, préstamos o ayudas instrumentadas para que los países receptores puedan afrontar dificultades coyunturales de ajuste en sus balanzas de pagos, y los establecidos en términos concesionales […], así como dotaciones a los ya existentes fondos de ayuda al equipamiento».

La cooperación financiera puede incluir múltiples instrumentos, desde el apoyo presupuestario y cancelación de deuda hasta la concesión de préstamos de carácter concesional o la aportación de recursos a las INSTITUCIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES, organismos multilaterales y fondos multi-donantes. Se considera fuera de este tipo de cooperación las subvenciones a ONG, a pesar de que a menudo significan una transferencia de recursos a los países receptores. En muchas ocasiones se confunde la cooperación financiera con la ayuda reembolsable, que es la que se realiza en forma de inversión o crédito. No obstante, una parte importante de la cooperación financiera puede ser no reembolsable, es decir, en forma de donación.

En los últimos años ha habido a escala internacional, y también en nuestro país, un desarrollo importante de instrumentos de cooperación financiera reembolsable, sobre todo en forma de aportaciones a fondos de inversión, a través de Instituciones de Financiación para el Desarrollo (IFD). Dicho desarrollo ha ido en paralelo a la tendencia a destinar cantidades cada vez mayores de financiación pública al desarrollo para apoyar las inversiones del sector privado en los países del Sur. En este sentido, la cooperación financiera se vincula comúnmente con la promoción del crecimiento económico a través del refuerzo del SECTOR PRIVADO lucrativo en los países del Sur.

Las IFD, sean bilaterales o multilaterales, gestionen o no recursos de AOD, se caracterizan precisamente por la promoción de la inversión privada con el objetivo de promover el crecimiento económico y el desarrollo a la vez que se mantienen viables financieramente en el largo plazo. Es decir, tratan de hacer compatible un impacto positivo en desarrollo —desde una clara perspectiva de crecimiento económico— con el rendimiento financiero de los recursos destinados a ello. La cuestión es si ambos objetivos son, en efecto, compatibles, ya que si el impacto en desarrollo es positivo, la rentabilidad tendrá muchas posibilidades de ser baja o inexistente.

La cooperación financiera en España

Si nos fijamos en la cooperación española, hasta 2010 se contaba principalmente con dos mecanismos de cooperación financiera, el Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD), —que a su vez incluía múltiples instrumentos— y el Fondo de Concesión de Microcréditos (FCM).

Desde el año 1976 hasta finales de 2010, el FAD se configuró como el instrumento de cooperación financiera por excelencia, siendo su principal herramienta los créditos ligados para los países del Sur, es decir, créditos otorgados en condiciones concesionales, y condicionados a que los recursos se destinasen, en parte o totalmente, a la compra de bienes y servicios provistos por empresas españolas. Así, el beneficio que las multinacionales con sede en el Estado español han obtenido de los créditos FAD ha sido muy apreciable: por ejemplo, a partir del año 2000, coincidiendo con la entrada de de Unión Fenosa en Nicaragua, el 24,37% de los créditos FAD otorgados a este país pasan a destinarse a proyectos vinculados al sector eléctrico.

A lo largo de los años, el FAD incorporó una gran variedad de instrumentos, acogiendo no sólo operaciones de crédito ligado, sino también acciones de ayuda humanitaria y de emergencia, cuotas, suscripciones y aportaciones de capital a las INSTITUCIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES, así como las cuotas y contribuciones a programas y fondos de organismos multilaterales de desarrollo. En los últimos años se han ido reduciendo los recursos para el instrumento “clásico” de los créditos y líneas de crédito ligados (FAD Internacionalización), y se ha incrementado el valor de las aportaciones a instituciones financieras multilaterales (FAD Cooperación). Además, en 2010, y de forma paralela a la discusión de la extinción del FAD y de la puesta en marcha del nuevo Fondo de Promoción del Desarrollo (FONPRODE), se creó una nueva categoría, el FAD financiero, que incorpora instrumentos de inversión, una de las claves del FONPRODE. Se trata de aportaciones a fondos de inversión creados por instituciones multilaterales o bilaterales, o incluso fondos privados, que en principio deben tener mandato de desarrollo. En cambio, hay ejemplos que cuestionan el cumplimiento de este mandato: puede verse, por ejemplo, la aportación de la cooperación española de 30 millones de euros, aproximadamente, al Fondo Africano de Agricultura que está gestionado por el fondo de inversión privado Phatisa, que tiene entre sus inversiones un proyecto de Deal Card-Goldtree en Sierra Leona para la plantación de palma africana y su procesamiento.

Por otro lado, el Fondo para la Concesión de Microcréditos para proyectos de desarrollo social básico en el exterior (FCM) constituía desde 1998 hasta 2011 el segundo pilar de la cooperación financiera española. El objetivo era ofrecer y apoyar servicios microfinancieros para sectores económicos y sociales que o bien no tienen acceso al sistema financiero tradicional, o éste no satisface adecuadamente sus necesidades. La principal herramienta del FCM es la aportación de recursos, mediante préstamos y asistencia técnica, a instituciones microfinancieras locales o estatales en los países del Sur. El FCM ha sido también absorbido por el FONPRODE.

Tan sólo entre 2006 y 2010 se desembolsaron 9.622 millones de euros a través de instrumentos de cooperación financiera como los créditos FAD, las aportaciones a instituciones multilaterales, las operaciones de deuda o el Fondo de Microcréditos.
La puesta en marcha del nuevo FONPRODE en 2011 plantea un nuevo escenario para la cooperación financiera española. Se dice que las diferentes actuaciones que se financien a través del FONPRODE tendrán «como objetivo promover un crecimiento sostenido, sostenible e inclusivo», y uno de los instrumentos principales es el de aportaciones a fondos de inversión. Así, la promoción del crecimiento económico se convierte en eje central de la cooperación financiera española, y se propone que la clave sea conciliar el impacto positivo en desarrollo con la rentabilidad de las operaciones de inversión financiadas.

 


BIBLIOGRAFÍA:

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