Sesión 3. La ONU y los mecanismos de control para las empresas transnacionales
Se inicia la sesión explicando cómo han ido evolucionando los mecanismos de control a las empresas transnacionales en las Naciones Unidas desde la década de los setenta. Así se revisará cómo fue cambiando desde los instrumentos de carácter obligatorio a los códigos de conducta voluntarios.
El análisis parte de una visión crítica que cuestiona estos códigos voluntarios como medidas eficaces para frenar los impactos socioambientales de las multinacionales. El material de referencia para esta explicación es el capítulo II “¿”Responsabilidad social o normas vinculantes. El “sector privado “ y la evolución normativa de Naciones Unidas” (Pag. 47 – 83) del libro Juan Hernández Zubizarreta y Pedro Ramiro, Contra la lex mercatoria. Propuestas y alternativas para desmantelar el poder de las empresas transnacionales (Icaria, 2015). O bien se puede extraer información del apartado “Controlar a las multinacionales” del cuaderno: Juan Hernández Zubizarreta, Erika González y Pedro Ramiro, “Tratado internacional de los pueblos para el control de las empresas transnacionales”, Cuadernos de Trabajo, Hegoa, nº 64, 2014.
A continuación, se articulará un debate en clase conformando tres grupos que defenderán diferentes posiciones: i) la Responsabilidad Social Corporativa como mejor opción; ii) los Principios Rectores de Naciones Unidas como la vía más adecuada; iii) las normas vinculantes como medida más efectiva. Se designarán tres grupos que habrá de preparar la defensa de su postura con los documentos siguientes:
- Concepto “Responsabilidad Social Corporativa” del Diccionario crítico de empresas transnacionales. Claves para enfrentar el poder de las grandes corporaciones (Icaria, 2012).
- “Los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos: garantía de la impunidad del poder económico transnacional”, (Centre Europe - Tiers Monde, 2013 ).
- Exigencia de normas vinculantes en: Juan Hernández Zubizarreta y Pedro Ramiro, “Controlar a las transnacionales”, eldiario.es, 1 de julio de 2014.
Cada grupo nombrará una persona que hará de portavoz. Los y las portavoces se situarán en círculo, teniendo detrás de sí al resto de las personas integrantes de su grupo. Estas últimas no podrán intervenir en el debate salvo pasando notas a su portavocía. Pueden introducirse variaciones: que pasados ciertos minutos, cambie el portavoz, o que lo haga a petición de su grupo; o que transcurrido el grueso del debate, se pueda volver a reunir el grupo para adoptar otros argumentos.
Para terminar, se recomendará la lectura del artículo de Laurent Gaberell y Erika González, “Ocho propuestas para un tratado sobre empresas y derechos humanos” (La Marea, 17 de julio de 2015).